De todos modos no debe extrañarnos que la ministra socialista (por tanto, no liberal) desconozca este principio básico de toda sociedad libre que es la libertad transitiva. Tampoco que ignore la importancia histórica de eso que los juristas llamamos Habeas Corpus (es lo que pasa con los latinajos). Menos disculpable es que como política española no sea consciente de como la Constitución de 1978 dedicó un artículo completo a tratar el asunto (el art. 17), una de las pocas constituciones democráticas del planeta que lo hace así, y lo hizo en respuesta a la situación de este derecho durante el Franquismo. En cambio, nuestra Magna Carta, no habla, para nada, de la libertad sexual, que se encontraría subsumida en el derecho a la intimidad (un día hablaremos de la diferencia entre intimidad y privacidad). Estaríamos pues ante un texto poco respetuoso con la idea de Democracia avanzada, de ahí que quieran liquidarlo a marcha forzada.
Pero bueno, podemos esperar cualquier cosa de la España de ZP, Carmen Calvo y Pedro Zerolo. Acabamos de asistir a la resolución del caso mas importante para la libertades constitucionales desde el de Rumasa –que definió una jurisprudencia constitucional muy poco garantista con el derecho de propiedad–, donde el Tribunal Supremo ha absuelto (3 contra 1) a los policías responsables del delito de detención ilegal –íntimamente conectado con la libertad de circulación antes descrita– de dos militantes del PP. Veremos cuando se publique la sentencia el razonamiento jurídico de tan polémica y para mi inexplicable decisión (atentos al voto particular y discrepante del Magistrado Manuel Marchena, especialista en estos temas).
No me espero grandes manifestaciones ante la sede del Alto Tribunal en apoyo de los militantes del PP, y menos de los mismos que con alegría se concentraron ante el Registro Civil de Denia. El final del conocido como caso Bono (a falta del posible recurso ante el TC) poco importa ante un Carnaval Gay que es celebrado todos los años con absoluta normalidad y que es tomado por televisiones y demás medios de comunicación nacionales como la mayor llamada a la libertad individual de nuestro país. La independencia del Poder judicial (otra de esas cosas que yo, pobre ignorante, pongo por encima de la libertad sexual) es atacada, con la connivencia del CGPJ, y aquí no pasa nada. Es probable que, incluso, en el actual universo feminazi, mujeres como la juez Laura Alburu, que con gran profesionalidad y competencia en su trabajo no se pliegan al discurso progresista, no merezcan ser tratadas como unas verdaderas mujeres, sino como los agentes de la opresión machista-católico-capitalista (la triple entente) que realmente son y sobre ellas pueda ejercerse el acoso y la intimidación con total impunidad.
Sabiendo pues, que, gracias al gobierno socialista, uno esta mas seguro en su libertad siendo homosexual que afiliándose al Partido Popular, me estoy pensando el correr a toda hostia hacia Chueca para que me digan donde hay que apuntarse.
Ah, se me olvidaba…
¡¡¡Mariquita el último!!!
4 comentarios:
No son tres, sino cuatro contra uno. Y claro que habrá que fijarse en lo que dice el que se queda sólo.
Es cierto, conte mal, son 4-1.
Para mi no solo es importante el voto de Marchena por ser el discrepante, tengo mucha curiosidad ya que apunto estuvo de ser mi profesor de Derecho Procesal Penal (finalmente me dio la asignatura otro fiscal de parecidas opiniones). Pero se que le daba mucha importancia en sus clases a la figura de la "detencion ilegal" como un pilar del ordenamiento juridico penal de la Democracia. Asi que no me extrañaria que confirmara la condena.
Tambien tengo curiosidad por los fundamentos de los otros 4 magistrados para dictar una sentencia absolutoria, porque a vote pronto no se me ocurre ninguno y dado que no pueden entrar a enjuiciar hechos, sino solo su calificacion juridica o la infraccion de normas procesales veo que vamos camino de la prevaricacion.
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