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LA FRASE

"Los españoles pertenecemos a la categoría de colectivos a los que tradicional e históricamente preocupó mucho más la diferencia de clases y la injusticia socialque las libertades individuales.

Se perdona mal a los ricos y empresarios la ostentación y el agravio, mientras que los funcionarios públicos pueden difundir secretos, realizar escuchas, propagar infamias y otras mil maneras pergeñadas para el abuso del poder."

UN TOQUE LIBERAL

domingo, mayo 07, 2006

Nacionalizaciones en Bolivia, seguridad jurídica y relaciones entre Estados

No creo que haya liberal que ponga en duda lo nocivo de toda interferencia estatal en la propiedad privada, no obstante podemos aceptar la doctrina del mal menor y contentarnos con que dicha injerencia se haga con el mayor respeto a la seguridad jurídica de los derechos de los individuos, al fin y al cabo, la existencia de los mismos en una sociedad depende de ello.

Bajo dos prismas podemos analizar esa seguridad jurídica. Una
seguridad jurídica material refiere a la naturaleza y fines del derecho de propiedad[*]. No debe violentarse la propiedad salvo que esta sea obtenida ilegalmente, bien por que su legítimo propietario sea otro individuo el cual no transmitió voluntariamente, bien porque el adquiriente no haya cumplido las formalidades requeridas para que dicha adquisición sea efectiva (formalidades que competen a todos los individuos). En estos casos el falso propietario no tiene derecho a ningún tipo de compensación e, incluso, puede ser sancionado si actuó conociendo el hecho de la ilegalidad. En un país que respete esta elemental regla, de existir la mas mínima sospecha de que los derechos de explotación de los recursos petrolíferos patrios, de los que son titulares empresas de capital extranjero, fueron obtenidos ilegalmente (es decir, vulnerando las reglas del concurso de adjudicación) el gobierno boliviano debería haber denunciado el hecho ante los tribunales de su país o de alguna organización internacional que actúe como garante en estos conflictos. Esto último es el otro tipo de seguridad jurídica del que hablamos y llamaremos seguridad jurídica formal, que es el establecimiento de un proceso debido, especifico y previo que garantice el derecho del individuo a defenderse de los actos y hechos que se le imputan. La declaración de ilegalidad por tanto se deduce corresponde en ultima instancia a un tribunal independiente de las partes. Como es sabido, nada de esto es lo acontecido estos días en Bolivia.

Volvamos a la
s.j. material. Hay supuestos en que no existe ilegalidad alguna en la condición de propietario, pero el Estado consideraba que una propiedad privada no responde en su estado actual al “interés común” (las comillas son por precaución), podría este retraer para si la propiedad privada y darle un uso acorde a dichos intereses. Tales "intereses comunes", a lo largo de la historia, han sido variados: defensa nacional, seguridad de edificios o cargos públicos, grandes obras publicas, patrimonio cultural, etc.… los liberales convenimos en su progresiva reduccion y en una interpretación restringida. Para limitar o frenar esta practica se creo la figura de la expropiación forzosa. Aunque no fuera respetuosa con la propiedad privada cosificada, al menos compensaba la perdida con la entrega al afectado del valor en metálico del bien expropiado. Como en el supuesto anterior, esta tarea debe realizarse a través de un procedimiento preestablecido y debe reconocerse la posibilidad de recurrir a tribunales independientes. Podrá gustar más o menos, pero esta claro que para revestir seguridad jurídica material y formal toda expropiación debe cumplir con los requisitos de compensación y procedimiento reglado. De nuevo, esto no es lo ocurrido en Bolivia.

Lo que el gobierno de Evo Morales ha llevado a acabo es, simple y llanamente, un robo (nada de
nacionalizacion), mas si cabe cuando para ello se ha utilizado el instrumento de coacción mas grave con que cuenta el Estado, el ejercito, el cual, literalmente, ha ocupado los campos e instalaciones petrolíferas del país. El gobierno boliviano, pues, no ha respetado las mínimas y elementales garantías que han de existir en todo buen gobierno limitado, y que garantizan una sociedad libre. Baladí es la discusión de si prometió nacionalizaciones durante la campaña electoral - tal medida supondrá el suicidio de la economía boliviana y un grave perjuicio para el ya precario bienestar de sus ciudadanos- pero si deseaba llevar a cabo sus promesas electorales podría haber recurrido a cualquiera de las vías expuestas, la de la declaracion judicial de la ilicitud en la adquisición de la propiedad o la expropiatoria; no lo ha hecho. Todo su discurso reviste una aureola de demagogica "justicia social" (otra vez entrecomillado) totalmente contraria al derecho, las buenas costumbres y los fines propios de un gobierno libre. Mal camino este.

Lo que ya alcanza el grado de alucinante son los discursos "progres" como el mantenido por un tal
Pedro Chaves Giraldo, profesor de Ciencia Política de la Universidad Carlos III de Madrid, que en las pagina 2 de El Mundo califica de “muy razonable” el nuevo reparto de beneficios establecido por el Decreto del Gobierno boliviano. Atentos, un 82% de para el Estado y un 18 % para las empresas. Y todavía, el sujeto en cuestión, se permite el lujo de decir que “esta muy lejos de ser una expropiación”. Tiene narices. No se cual seria el reparto anterior pero, este impuesto directo sobre los beneficios empresariales, es, con los porcentajes señalados, lo que aquí conocemos como un impuesto confiscatorio, y por tanto inconstitucional. Eso lo sabe un estudiante de primer ciclo de Derecho. Aun asi es bueno saber la opinión de este señor -mas que posible miembro de la troupe de Peces Barba- por si algún día lo proponen como Ministro de Economía y Hacienda, y así ir colocando el poco dinero que tengamos en Luxemburgo o Suiza.

En otros tiempos, actos como estos, ilegales y violentos, en contra los intereses de ciudadanos extranjeros eran considerados por los países de donde estos eran originarios como Actos de Declaracion de Guerra. Ninguna diferencia hay entre el asalto a los derechos de REPSOL-YPF y el hundimiento de los barcos mercantes con pabellón de otro país -practica a la que eran muy aficionadas las naciones europeas en la época de la colonización y las grandes rutas comerciales (para evitar los conflictos directos entre naciones se crearon las "patentes de corso"). La humanidad en algunas cosas va mejorando, en otras retrocede. Por eso me resulta poco estimulante el
debate sobre la utilidad de la comisión enviada por el Gobierno español a Bolivia. Lo más probable es que se vuelva a España con buenas palabras y ningún compromiso real. Y si consiguiera algo sospecharíamos de una bajada de pantalones en alguna cuestion fundamental para los intereses de nuestro pais. La única reacción honrosa pasaría por llamar al embajador español a consultas a Madrid en el plazo más breve posible, para, a continuación, emitir un comunicado en que se repitiera lo dicho mas arriba sobre la seguridad jurídica. La pelota pasaría al tejado de Evo, y si no hay el mínimo principio de rectificación, procederse a la ruptura de relaciones diplomáticas.

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[*] Por "derecho de propiedad" entiendase que me refiero no solo a la propiedad absoluta sobre un bien, tambien a cualquier titulo legalmente adquierido sobre un bien, es decir, cualquier derecho de naturaleza "real". La seguridad juridica existe para todos ellos y los criterios para interpretarla son los mismos. El contrato por el que se adquiere un "derecho de explotacion" sobre recursos naturales, como por ejemplo hidrocarburos, es "ley" para las partes, y por tanto ha de ser respetado por ellas, y mas cuando uno de los contratantes es el Estado. Mas discutible es que la figura de la "expropiacion forzosa" pueda extenderse a derechos no plenos de propiedad, pero es generalmente aceptado y asi se refleja en los tratados bilaterales de "proteccion de inversiones" firmados por los Estados, y entre Bolivia y España existe uno.