Y es que Leonor que no sera heredera hasta que el Parlamento se pronuncie formalmente (parece que nos olvidamos que esto, todavia, es una democracia constitucional) puede que nunca acceda al trono, si, de aqui a unos años, sus padres le dan un hermanito de sexo masculino. Y todo por un tecnicismo, la Constitucion establece la prevalencia del varon en la linea sucesoria. A pesar de que desde la Casa Real se quita importancia al hecho aduciendo una cercana reforma de la Carta Magna, lo cierto es que el daño ya esta hecho. Puede que no un daño practico, es dificil que vuelvan a repetirse episodios como el que sumio a España en 3 guerras civiles durante el siglo XIX a proposito de la sucesion de Fernando VII, entre su hija Isabel y los partidarios del infante Carlos. El daño es una vez mas a la credibilidad de nuestro sitema juridico. Habra que hacer una chapuza del estilo de Pepe Gotera y Otilio. Para los que amamos el derecho, y en particular el derecho constitucional, es una certificacion mas de la tragedia colectiva que es la España actual.
Pero entremos en el meollo de la cuestion.
Si se aprueba una reforma del articulo 57 .1 de la Constitucion eliminando la referencia a la preferencia masculina tendremos el lio montado: la posibilidad de aplicacion retroactiva de la norma, con lo cual, las hermanas del principe Felipe y sus descendientes estarian legitimados para reclamar la sucesion, pues la retroactividad es reclamable en todo aquello que beneficie a los sujetos de la norma.
No obstante podria establecerse una clausula de irretroactividad, declarando como oficial la linea sanguinea establecida con los actuales Principes de Asturias, esta podria ser la redaccion del precepto:
1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica, y sus AA. RR., los Principes de Asturias, Don Felipe de Borbon y Doña Leticia Ortiz.
Aunque, se haga finalemente esto, no evitaremos que un futuro descendiente varon de los Principes alege que se le privo de su derecho mediante una ley singular, elaborada para el caso especifico y no verdaderamente motivada en principios juridicos. Puede que la ley positiva no le apoye, pero moralmente tendra toda la razon. Por menos, o por lo mismo, se han empezado guerras.
Como digo, una pena, de pais. Dejaremos para otro dia la Corona y su razon de ser.
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